Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 866/2002-R
Fecha: 22-Jul-2002
Fragmento 3
Aduce que la investigación se inició el 17 de octubre de 2001 y el término de los seis meses venció el 17 de abril de 2002, sin que la Fiscal haya cumplido con su obligación de formalizar y presentar su acusación formal, por lo que la acusación fiscal de 21 de mayo, así como la acusación particular de 4 de junio, son extemporáneas, lo cual determina a su vez, que su detención sea ilegal y su procesamiento, indebido.
- VISTOS:
- 1.
- Fragmento 3
- a)
- 3.
- CONSIDERANDO:
- 4)
- 6)
- 9)
- 10) El ahora recurrente planteó
- la etapa preparatoria del juicio deberá finalizar en el plazo máximo de seis meses de iniciado el proceso.
- aspecto que demuestra que se actuó dentro de lo que esta norma prevé sin que sean evidentes las conculcaciones que alega el actor.
- “...no se ha producido la extinción de la acción penal
- POR TANTO: