Juristeca
Juristeca País
    AUTO CONSTITUCIONAL 44/2002-ECA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 44/2002-ECA

    Fecha: 16-Ago-2002

    II.2.

    II.2.    En el presente caso, los recurrentes solicitan la aclaración, enmienda y complementación de la Sentencia Constitucional 895/2002-R, de 29 de julio -que revocó  la procedencia decretada por la Corte de hábeas corpus en el recurso planteado en representación sin mandato de María Linz Ximena Patricia Estívariz Pericón- arguyendo que no es cierto que la solicitud conclusiva haya sido presentada por el Fiscal once días antes de la interposición de su Recurso.

    • Winston Marco Franz Castellón Estívariz y César Eduardo Terrazas Escobar en representación sin mandato de María Litz Ximena Patricia Estívariz Pericón
    • I.1.
    • I.2.
    • I.3.
    • II.1.
    • II.2.
    • De lo cual se establece en forma clara y categórica que al 14 de junio se tenía ya presentada la merituada solicitud conclusiva
    • II.3.
    • el juez declarará extinguida la acción penal
    • la autoridad judicial cautelar debe
    • II.4

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca