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    AUTO CONSTITUCIONAL 44/2002-ECA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 44/2002-ECA

    Fecha: 16-Ago-2002

    II.3.

    Cuando la investigación sea compleja en razón a que los hechos se encuentren vinculados a delitos cometidos por organizaciones criminales, el fiscal podrá solicitar al juez de la instrucción la ampliación de la etapa preparatoria hasta un plazo máximo de dieciocho meses, sin que ello signifique una ampliación del plazo máximo de duración del proceso. El fiscal informará al juez cada tres meses sobre el desarrollo de la investigación.

    • Winston Marco Franz Castellón Estívariz y César Eduardo Terrazas Escobar en representación sin mandato de María Litz Ximena Patricia Estívariz Pericón
    • I.1.
    • I.2.
    • I.3.
    • II.1.
    • II.2.
    • De lo cual se establece en forma clara y categórica que al 14 de junio se tenía ya presentada la merituada solicitud conclusiva
    • II.3.
    • el juez declarará extinguida la acción penal
    • la autoridad judicial cautelar debe
    • II.4

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