SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1017/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1017/2002-R

Fecha: 21-Ago-2002

I.1.1 Hechos que motivan el recurso.

Por memorial presentado el 4 de junio de 2002, cursante de fs. 26 a 27, subsanado el 6 del mismo mes y año, el recurrente asevera lo siguiente: Que, desde principios de año su hijo Enrique Aparicio Ampuero cursó estudios de bachillerato en el Colegio Domingo Savio de La Paz, pero estuvo siendo discriminado por parte del recurrido, sólo por el hecho de haberse opuesto a la imposición de un uniforme suntuoso y de alto costo para la promoción. Que esa oposición, ha motivado que el sacerdote recurrido se dé a la tarea de trabar el desarrollo normal del proceso educativo de su hijo, al extremo de elucubrar hechos imaginarios de indisciplina y soberbia hasta lograr su expulsión ignominiosa del establecimiento, sin cumplir los propios reglamentos internos del Colegio. Señala que el hecho de disentir de opinión con sus compañeros y diferenciarse de ellos por su vestimenta, no puede ser causal para persecuciones y atentados contra sus derechos constitucionales y menos se puede expulsarlo en represalia por la actitud suya de protesta, dado que su hijo no puede responder por su comportamiento como padre.