Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1019/2002 - R
Fecha: 22-Ago-2002
II.3
II.3 Que, al no haberse presentado los sindicados a prestar su declaración el día y hora señalada y dentro de la prórroga que solicitó su abogada, el 14 de junio, la recurrida ordenó se expidan mandamientos de aprehensión (fs. 23) y el 25 de junio presentó imputación formal por los delitos previstos en los arts. 271 segunda parte, 332-2) y 358-2) del Código Penal (CP), solicitando la detención preventiva de los imputados, arguyendo que los mismos amenazaron a los testigos (fs. 26-20).