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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1019/2002 - R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1019/2002 - R

    Fecha: 22-Ago-2002

    III.5

    III.5   Que, con relación a que la Fiscal recurrida, hubiera emitido el mandamiento de aprehensión estando recusada, esto no es evidente, dado que la recusación ha sido presentada posterior a la fecha en que fueron ordenados, por lo que los efectos de la recusación no pueden alcanzar a los actos ya celebrados, por lo mismo, son legales y válidos.

    • Vladimir Marcelo, Gustavo Hurtado Salazar y Marco Antonio Ivanovic Salazar contra Nildy Aguado Aranibar, Fiscal de Materia y Zenobio Condorena, Investigador
    • I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
    • contra
    • I.2.1
    • a)
    • improcedente
    • II.1
    • II.2
    • II.3
    • III.1
    • III.2
    • III.3
    • III.4
    • III.5

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