Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1023/2002-R
Fecha: 26-Ago-2002
PROCEDENTE
Concluida la audiencia la Jueza Segunda de Sentencia de la Paz de acuerdo con el dictamen fiscal, pronunció la Resolución de 20 de julio de 2002 que corre a fojas 33-35, que declara PROCEDENTE el Recurso y dispone se deje sin efecto el Auto de 09 de julio de 2002 y se de cumplimiento a la resolución del Tribunal Quinto de Sentencia, con el fundamento de que las autoridades recurridas lesionaron la libertad de la recurrente al no dar curso al cumplimiento de sustitución de fianza determinada por el Tribunal Quinto de Sentencia.
- Natividad Huanca Aruquipa de Yana
- I.1.1. Hechos que motivan el Recurso.
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente violados.
- a)
- PROCEDENTE
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- lesionado su derecho a la libertad
- III.1.
- III.2.
- es decir ejecutar la resolución judicial que permitía viabilizar la sustitución de fianza, a efectos de señalar día y hora de audiencia para verificar el cumplimiento de las medidas impuestas y otorgar su libertad. Al no haberlo hecho así, han vulnerado su derecho a la libertad, reconocido por los arts. 6 y 7-g) y garantizado por el art. 18, todos de la Constitución Política del Estado (CPE).