Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1027/02-R
Fecha: 28-Ago-2002
III.6.
III.6.En ese sentido, el hábeas corpus es procedente, puesto que con la actuación ilegal de las autoridades judiciales recurridas, se ha dado lugar a la revocatoria de la Resolución que dispuso la cesación de la detención preventiva de Antonio Pinedo Suárez, lo cual debe ser reparado a través de este recurso en base a las fundamentaciones expuestas en el presente fallo, debiendo ponerse en libertad al recurrente tomando en cuenta que ha cumplido con el pago de la fianza económica que le fue impuesta.