Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1037/2002-R
Fecha: 30-Ago-2002
III.1.
III.1. Que, a efecto de verificar si se está o no frente a un acto arbitrario por el que se pretende volver a fiscalizar lo fiscalizado, es necesario hacer un estudio comparativo sobre rubros (hechos generadores de obligaciones tributarias) y periodos comprendidos en las primeras ordenes de fiscalización 7901000044 de 20 de febrero de 2001, 123.350 de 04 de mayo de 2001, 7901000056 s/f y 124.331 de 17 de agosto de 2001 (fs. 119, 123, 131 y 135, respectivamente), con relación a la orden de fiscalización 125.426 de abril de 2002 (fs. 14 y 15), la última de las cuales es la impugnada en la presente acción extraordinaria.
- Nenad Matkovic Vranjican en representación de Industrias Oleaginosas S.A
- I.1.1. Hechos que motivan el Recurso.
- I..1.3. Autoridad recurrida y petitorio.
- a)
- PROCEDENTE
- 1.3.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO.
- III.1.
- las órdenes de fiscalización 7901000044, 123.350, 7901000056 y 124.331, en su conjunto corresponden a una primera fiscalización
- se constata que de los 20 documentos exigidos en el nuevo requerimiento de fiscalización (descritos en el punto B),
- III.2.
- III.3.