SENTENCIA CONSTITUCIONAL 925/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 925/2002-R

Fecha: 02-Ago-2002

III.1.4.

III.1.4. Que en el marco del principio civil referido precedentemente, el Auto de Vista impugnado ha sido emitido violando las reglas del debido proceso, por cuanto en el momento de ser dictado por una parte, no se había producido el sorteo y en consecuencia no se había designado el magistrado relator y por otra, no había empezado a computarse el término dentro del que debía pronunciarse, por lo que no se abrió la competencia de los miembros de la Sala Civil Primera para pronunciar la resolución impugnada.