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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 925/2002-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 925/2002-R

    Fecha: 02-Ago-2002

    III.2.2.

    III.2.2. Que por otra parte no se puede dejar de mencionar otra ilegalidad evidente en el Auto de Vista impugnado, por cuanto de la revisión de antecedentes se constata que el Vocal Rafael Barrero se excusa de conocer la causa por animaversión al recurrente, declarándose legal la misma (fs. 3) y pese a ello, con voto disidente, suscribe el Auto de Vista de 19 de mayo de 2001.

    • contra
    • I.1.1. Relación sintética de los hechos que motivan el Recurso.
    • a)
    • PROCEDENTE
    • II.4.
    • II.6.
    • III.1.2.
    • III.1.3.
    • III.1.4.
    • III.1.5.
    • III.1.6.
    • III.2.2.
    • III.2.3.
    • III.3.
    • III.3.1.
    • 1° REVOCA en parte

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