SENTENCIA CONSTITUCIONAL 977/2002-R
Fecha: 16-Ago-2002
PROCEDENTE
La Sentencia Nº 06/02, de 21 de junio de 2002, cursane a fs. 50 y 51, pronunciada por el Juez de Partido y de Sentencia de la provincia Pacajes del Departamento de La Paz, declara PROCEDENTE el Recurso, disponiendo que el Concejo Municipal deje sin efecto la Resolución Municipal Nº 01/2002 de 14 de enero de 2002, con estos fundamentos: 1) mediante Resolución Municipal Nº 01/01 la recurrente fue designada Presidenta del Concejo Municipal de Charaña, pero por acta Nº 01 de 14 de enero de 2002, los recurridos resolvieron la restitución como Presidente del Concejo de Julio Ulloa Alconz, “habiendo de esta manera violado el art. 14 inc. 1) de la Ley Nº 2028”; 2) existe jurisprudencia amplia sobre el período de cinco años de los miembros de la Directiva Municipal, resultando erróneo que los Concejos la renueven cada año.
- Rufina Sarzuri de Mamani contra René Poma Caballero, Julio Ulloa Alconz y Cristian Aranda Chipana, Concejales del Municipio de Charaña,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- PROCEDENTE
- II.1.
- II.3. En 14 de enero de 2002
- III.1.
- III.3.
- III.4.
- Ley N° 2028 en su art. 14-I
- III.5.
- III.7.
- Fragmento 15