SENTENCIA CONSTITUCIONAL 993/2002- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 993/2002- R

Fecha: 19-Ago-2002

a)

Con esos antecedentes plantean recurso de amparo constitucional contra Federico Escobar Loza, Director de Pensiones, pidiendo sea declarado procedente, disponiéndose que la Dirección a cargo del recurrido proceda: a) al pago de la indexación que dispone el Auto de Vista de 30 de septiembre de 1988, b) a incrementar las pensiones jubilatorias que actualmente les paga la Dirección de Pensiones con la indexación resultante del cálculo de la aplicación del DS 20987, c) al pago de la sanción por concepto de pago inoportuno del aguinaldo de 1988 hasta el año 2001 conforme establece el Ministerio del Trabajo, d) a la devolución del expediente a la Sala Social de la Corte Superior del Distrito y e) al pago de las obligaciones a los herederos de dos jubilados fallecidos Hugo Fuentes Arias y Virgilio Heredia Montoya, quienes dejaron de existir durante el proceso judicial.