SENTENCIA CONSTITUCIONAL 995/2002 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 995/2002 - R

Fecha: 16-Ago-2002

III.1

III.1   Que, los recurrentes alegan como acto ilegal lesivo de su derecho a la inamovilidad docente prevista en el art. 184 CPE, dado que los recurridos, dentro de la convocatoria publicada para ocupar los cargos de directores de unidad educativa, no han respetado sus cargos obtenidos conforme al art. 228 del anterior Código de Educación, por lo que corresponde dilucidar si tal extremo es evidente, si constituye un acto ilegal restrictivo de un derecho fundamental, si el recurso ha sido planteado oportunamente y luego de haberse agotado todos los medios y recursos en la vía administrativa correspondiente.