Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 995/2002 - R
Fecha: 16-Ago-2002
REVOCA
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los artículos 19-IV y 120.7ª CPE y los arts. 7.8ª y 102-V LTC: en revisión REVOCA la Resolución de 28 de junio de 2002, cursante de fs. 139 a 140, pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Santa Cruz y declara IMPROCEDENTE el Recurso, sin lugar a costas por ser excusable.
- por Bernardino Villca Carrasco, en representación con mandato de Zenón Ibarra Flores, Mafalda Uyuni de Ledezma, Hilda Quintana de Cardozo, Nery Pedro Cardozo Cortez, Lily Carrillo de Suruguay, Wálter Domínguez Alpire, Edgar Hurtado Rivero, Jorge Antelo Antelo, Pedro Fuentes Coimbra, Nilsón Mercado Burgos, Carmelo Nazario Gutiérrez y Caya Luz Cámaras Ortuño de Antelo
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- I.1.2 Derechos y garantías supuestamente vulnerados.
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio.
- (133-135)
- procedente
- II.1
- II. 2
- III.1
- III.2
- III.3
- REVOCA