SENTENCIA CONSTITUCIONAL 995/2002 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 995/2002 - R

Fecha: 16-Ago-2002

procedente

Concluida la audiencia, la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Santa Cruz de acuerdo con el dictamen Fiscal declaró procedente el recurso con los fundamentos siguientes: a) que el art. 184 CPE, concordante con el Reglamento sobre estructura administrativa curricular o DS 23951 de 1 de febrero de 1995, el art. 73  establecen la inamovilidad del docente inscrito en el escalafón, lo cual se confirma con el art. 10 LRE y b) que lo único que se ha probado es la falta de algunos requisitos formales, que de ningún modo, constituye un motivo o causal para la sustitución o destitución del cargo, por lo que al haberse dispuesto los cargos de los recurrentes, se ha atentado contra el derecho al trabajo previsto en el art. 7-d) y el deber estipulado en el art. 8-b) CPE.