En revisión la Resolución 05/2002 de 8 de agosto de 2002, cursante de fs. 43 a 44, pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Potosí dentro del recurso de hábeas corpus interpuesto por
Fecha: 13-Sep-2002
I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
Que, el 18 de julio a Hrs. 11:15 a.m. fue detenido por dos oficiales de la Policía Nacional, pese a que acreditó con su documentación personal que no era Wálter Castro Huanca sino Wálter Huanca Castro; que luego de ser conducido a la cárcel lo llevaron a la Policía Técnica Judicial, donde se verificó que no existía la persona contra la cual se extendió el mandamiento, por lo que el oficial encargado se apersonó ante la recurrida explicándole dicha situación; empero, pese al error de identidad en el mandamiento, la Jueza en lugar de suspender su ejecución, ordenó indebidamente que previa las representaciones que correspondan sea conducido a la cárcel; por lo que a la fecha se encuentra indebidamente detenido y privado de su libertad, no obstante que ha presentado a la recurrida su cédula de identidad y certificado de la misma, documentación que se niega a desglosar como también a expedir certificación que acredite que se expidió mandamiento contra Wálter Castro Huanca y no contra Wálter Huanca Castro, manteniendo su determinación en contravención al art. 9 CPE, más cuando la persona contra la que se ha emitido el mandamiento no existe.
Que, el 18 de julio a Hrs. 11:15 a.m. fue detenido por dos oficiales de la Policía Nacional, pese a que acreditó con su documentación personal que no era Wálter Castro Huanca sino Wálter Huanca Castro; que luego de ser conducido a la cárcel lo llevaron a la Policía Técnica Judicial, donde se verificó que no existía la persona contra la cual se extendió el mandamiento, por lo que el oficial encargado se apersonó ante la recurrida explicándole dicha situación; empero, pese al error de identidad en el mandamiento, la Jueza en lugar de suspender su ejecución, ordenó indebidamente que previa las representaciones que correspondan sea conducido a la cárcel; por lo que a la fecha se encuentra indebidamente detenido y privado de su libertad, no obstante que ha presentado a la recurrida su cédula de identidad y certificado de la misma, documentación que se niega a desglosar como también a expedir certificación que acredite que se expidió mandamiento contra Wálter Castro Huanca y no contra Wálter Huanca Castro, manteniendo su determinación en contravención al art. 9 CPE, más cuando la persona contra la que se ha emitido el mandamiento no existe.
- Wálter Huanca Castro
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- a)
- (fs. 17-19)
- improcedente
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- III.1
- III.2
- ha expresado en la audiencia, que no está negando el proceso ni que su persona no sea la misma con la del demandado
- III.3
- dejando presente que no desconoce el proceso,
- quien durante el transcurso del juicio ha presentado memoriales utilizando indistintamente los nombres de Rocío, Maria Rocío y María del Rocío Heredia Guaribana por una parte, por otra ha reconocido expresamente el proceso en su contra; además en su declaración confesoria exhibió la misma cédula que adjunta a la presente demanda