En revisión la Resolución 05/2002 de 8 de agosto de 2002, cursante de fs. 43 a 44, pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Potosí dentro del recurso de hábeas corpus interpuesto por
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

En revisión la Resolución 05/2002 de 8 de agosto de 2002, cursante de fs. 43 a 44, pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Potosí dentro del recurso de hábeas corpus interpuesto por

Fecha: 13-Sep-2002

II.4

II.4     Que, por memorial de 26 de julio de 2002, luego de haber sido detenido el recurrente pide nulidad de obrados ante la recurrida indicando expresamente que en la audiencia preliminar en ningún momento le fue requerida su cédula de identidad a “... objeto de homologar el acuerdo entre partes y fijar una pensión mensual ...”  y que su “... persona no advirtió tan enormes incongruencias u omisiones por razones de ignorancia...” (fs. 30-40).

II.4     Que, por memorial de 26 de julio de 2002, luego de haber sido detenido el recurrente pide nulidad de obrados ante la recurrida indicando expresamente que en la audiencia preliminar en ningún momento le fue requerida su cédula de identidad a “... objeto de homologar el acuerdo entre partes y fijar una pensión mensual ...”  y que su “... persona no advirtió tan enormes incongruencias u omisiones por razones de ignorancia...” (fs. 30-40).