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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1071/2002-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1071/2002-R

    Fecha: 09-Sep-2002

    II.3.

    II.3. Que, el 22 de julio de 2002 el Juez recurrido pronuncia otra Resolución, cual es la 05/02, amparado en los arts. 168 y 119 del Código de Procedimiento Penal (CPP), por la que rectifica la Resolución anterior 04/2002 y señala audiencia pública de lectura de sentencia para el 26 de julio de 2002 a horas 9:00 (fs. 3-4).

    • Gumercindo Paye Mamani y María Paz de Gutiérrez
    • I.1.1. Hechos que motivan el Recurso.
    • a)
    • PROCEDENTE
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • la tutela del art. 18 constitucional no abarca a todas las formas en que el mismo puede ser infringido, sino sólo a aquellos supuestos en los que está directamente vinculado al derecho a la libertad personal o de locomoción
    • los recurrentes actualmente se encuentran gozando de libertad y no existe en contra de ellos mandamiento alguno por el que se amenace restringir su libertad personal

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