Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1071/2002-R
Fecha: 09-Sep-2002
los recurrentes actualmente se encuentran gozando de libertad y no existe en contra de ellos mandamiento alguno por el que se amenace restringir su libertad personal
Que, de la revisión de antecedentes, de la demanda y de lo manifestado por el Tribunal de hábeas corpus, se constata que los recurrentes actualmente se encuentran gozando de libertad y no existe en contra de ellos mandamiento alguno por el que se amenace restringir su libertad personal. La Resolución 05/2002 acusada como violatoria al debido proceso, se encuentra impugnada no sólo a través de la presente acción extraordinaria, sino que ha sido recurrida en apelación incidental la que está en trámite y en conocimiento de la Corte Superior, autoridades que serán las que con competencia resuelvan lo que en derecho corresponda.
- Gumercindo Paye Mamani y María Paz de Gutiérrez
- I.1.1. Hechos que motivan el Recurso.
- a)
- PROCEDENTE
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- la tutela del art. 18 constitucional no abarca a todas las formas en que el mismo puede ser infringido, sino sólo a aquellos supuestos en los que está directamente vinculado al derecho a la libertad personal o de locomoción
- los recurrentes actualmente se encuentran gozando de libertad y no existe en contra de ellos mandamiento alguno por el que se amenace restringir su libertad personal