Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1093/2002-R
Fecha: 13-Sep-2002
III.7.
III.7. Es imperioso dejar claro que la SC 234/2001-R, citada por el recurrente en audiencia, si bien aprobó la procedencia del hábeas corpus planteado contra el mismo Juez ahora recurrido, la fundamentación de tal aprobación se basa en que el detenido (recurrente) cumplió los seis meses de detención, dispuestos por el art. 11 (LAPACOP), y la autoridad había emitido, antes de ese término, otro mandamiento de apremio, aspecto totalmente diferente al tratado en este caso.