Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1152/2002-R
Fecha: 23-Sep-2002
IMPROCEDENTE
Concluida la audiencia la Sala Civil Primera de la Corte Superior de acuerdo con el dictamen fiscal, pronunció la Resolución de 06 de julio de 2002 que corre a fojas 126 vta. y 127, que declara IMPROCEDENTE el Recurso, con estos fundamentos: a) no está de acuerdo con la medida adoptada (suspensión condicional del proceso) por cuanto el SOAT que se ha cancelado no libera de responsabilidad a las partes, b) sin embargo de su posición, existe una Sentencia Constitucional que declaró procedente la suspensión condicional del proceso que es obligatoria y vinculante y c) el nuevo recurso no es viable por cuanto existe identidad de objeto, sujeto y causa con el primer recurso de amparo.
- José Mario Ortubey López y Delicia Cristina Molina Franco
- I.1.1. Hechos que motivan el Recurso.
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación del Recurso.
- IMPROCEDENTE
- I.3. Tramite procesal en el Tribunal.
- II.1.
- II.2.
- III.1.
- III.2.
- principio de oportunidad
- suspensión condicional del proceso a prueba
- suspensión condicional del proceso
- recurrentes como víctimas del delito investigado no estuvieron de acuerdo con la indemnización
- III.3.