SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1168/2002-R
Fecha: 26-Sep-2002
II.1
II.1 La Convocatoria a Renovación parcial de Directorio de COSAALT LTDA. publicada a partir del 8 de julio de 2002, señala en el Punto II, inc. d), entre otros requisitos, “no tener afinidad de parentesco en ningún grado con los funcionarios de nivel ejecutivo y hasta tercer grado de consanguinidad o segundo de afinidad con los funcionarios de la institución”.
Por otra parte, respecto a la depuración de candidatos, en el punto III de dicha Convocatoria se puntualiza que la selección de candidatos se efectuará el 26 y 27 de julio del presente año, y las tachas, recusaciones u observaciones se atenderán el 27 de julio de horas 11,30 adelante. Por último, en el punto VIII expresa que “Cualquier aspecto no previsto en la presente Convocatoria, será resuelto por el Comité de Nominaciones, en única instancia, conforme a Reglamento de Elecciones y Estatutos Vigentes” (fs. 1 a 4).