Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
A su turno, la Fiscal de Materia sostuvo que el recurrente estuvo de acuerdo con el sobreseimiento de tres de los imputados, y que por la uniforme jurisprudencia existente, las declaraciones no podrán ser consideradas como pruebas. En su informe de f
Fecha: 22-Ene-2003
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente considera que se han vulnerado sus derechos a la valoración de la prueba y a la defensa, por cuanto el Fiscal de Distrito confirmó el sobreseimiento dispuesto a favor de los imputados por la Fiscal de Materia dentro del caso conocido públicamente como “Tráfico de armas”, sin haber valorado adecuadamente las pruebas y vulnerando el derecho a la defensa de su abogado patrocinante.