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    Que conforme consta en el acta de intervención COASUR/431/2002, elaborada el 25 de octubre de 2002 a hrs. 18:00, el hijo de la recurrente fue requerido a hrs. 16:15 de la misma fecha para que presente la documentación del vehículo que conducía por la
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    Que conforme consta en el acta de intervención COASUR/431/2002, elaborada el 25 de octubre de 2002 a hrs. 18:00, el hijo de la recurrente fue requerido a hrs. 16:15 de la misma fecha para que presente la documentación del vehículo que conducía por la

    Fecha: 15-Ene-2003

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    • Ana del Pilar Vaquera de Zurita en representación de su hijo menor Nahim Zurita Vaquera
    • I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
    • contra Oscar Camacho Oropeza, Mirko Claros Saavedra, Martín Mamani Blanco y Sergio Navarro Rossetti, Comandante, funcionarios del COA SUR y Gerente Regional de la Aduana Regional de Tarija;
    • que el objeto del presente recurso es que se determine el avasallamiento y violación de los derechos del niño que no podía haber sido sometido a presión psíquica ni moral, pues aún los niños procesados tienen derechos como dispone el art. 230 CNNA.
    • a)
    • improcedente
    • II.1.
    • III.1
    • III.2
    • III.3
    • III.4
    • APRUEBA

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