SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0003/2003-R
Fecha: 07-Ene-2003
III.5
III.5 En cuanto a la supuesta extemporaneidad en la dictación de la Resolución Modificatoria de Área de Saneamiento SAN-SIM CTF 222/2002 de 1 de agosto de 2002, la actora invoca en forma errada el art. 157 del Reglamento de la Ley INRA (DS 25763), pues esta disposición se refiere a la potestad del Director Nacional del INRA de pronunciarse sobre las Resoluciones Determinativas de Áreas de Saneamiento Integrado al Catastro Legal (CAT-SAN), dentro de los treinta días calendario siguientes a la recepción de antecedentes de sus Directores Departamentales, pero no menciona nada respecto de las Resoluciones Determinativas de Saneamiento Simple, sean a pedido de parte o de oficio, por lo que tampoco es evidente la acusación formulada en ese sentido.
- Shirley Román Flores en representación de Inversiones “Cotoca” S.A. (I.C.S.A)
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- a)
- IMPROCEDENTE
- II.1
- II.2
- II.3 En 9 de abril de 1998
- II.4
- II.5
- II.6
- II.7
- II.8 La Resolución Modificatoria de Área de Saneamiento SAN-SIM CTF 222/2002 de 1 de agosto de 2002
- II.9
- II.11
- III.1
- III.2
- El saneamiento simple,
- III.3
- III.4
- Fragmento 20
- III.5
- “
- III.7
- APRUEBA