SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0024/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0024/2003-R

Fecha: 08-Ene-2003

II.5.

II.5.    Los reclamos de los co-recurrentes Juan Abán y Juan Reynoso fueron respondidos mediante Informes Legales, en los que se indica que no están dentro de la carrera administrativa, y que no les corresponde el pago por vacaciones pendientes en mérito a que el DS 24630 de 23 de mayo de 1997 derogó el art. 39 del DS 21364 que establecía el pago de vacaciones no utilizadas cuando el servidor público cesaba en sus funciones de manera voluntaria o involuntaria; asimismo, les reconocieron el aguinaldo por duodécimas (fs. 56-59).