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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0024/2003-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0024/2003-R

    Fecha: 08-Ene-2003

    III.4.

    III.4. De lo relacionado se concluye que la autoridad recurrida desconoció en forma arbitraria el derecho de los recurrentes a tomar su descanso anual, omisión que, al tratarse de un derecho adquirido que es irrenunciable,  debe ser reparada dentro del marco establecido por el orden jurídico vigente.

    • Nelson Vladimir Prudencio Bejarano, Juan Abán Velásquez, Alberto Said Prudencio Barrios, Esteban Gonzáles Hidalgo, Pablo Petri Molina, Juan Reynoso Isnado, Renán Alberto Castillo Méndez, Alejandro Rivera Hoyos y Elisa Evangelina Morales Ruiz
    • I.1. 1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
    • I.2.1. Ratificación del recurso
    • I.2.2. Informe del recurrido
    • procedente
    • II.2.
    • II.4.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.
    • III.3.
    • III.4.

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