Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0024/2003-R
Fecha: 08-Ene-2003
procedente
La resolución dictada el 17 de octubre de 2002 (fs. 105 vta.-106), de acuerdo con el dictamen fiscal, declaró procedente el recurso y ordenó a la Prefectura del Departamento conceder la vacación a los demandantes, según el derecho que asista a cada uno de ellos de acuerdo a su file personal, con los siguientes fundamentos:
a) los recurrentes fueron funcionarios de la Prefectura por un tiempo mayor a un año, habiendo realizado los reclamos administrativos pertinentes solicitando la concesión de sus vacaciones o el pago por el período correspondiente, estando el derecho a la vacación reconocido por los art. 49 EFP y 22 de su Reglamento;
- Nelson Vladimir Prudencio Bejarano, Juan Abán Velásquez, Alberto Said Prudencio Barrios, Esteban Gonzáles Hidalgo, Pablo Petri Molina, Juan Reynoso Isnado, Renán Alberto Castillo Méndez, Alejandro Rivera Hoyos y Elisa Evangelina Morales Ruiz
- I.1. 1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación del recurso
- I.2.2. Informe del recurrido
- procedente
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.