Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0110/2003- R
Fecha: 27-Ene-2003
III.4
III.4 Que, con relación a que la Jueza estuviera prosiguiendo el proceso sin tener competencia, este extremo no corresponde ser analizado en este recurso, dado que no se encuentra vinculado al derecho a la libertad física ni a la locomoción, a los cuales se otorga protección a través del hábeas corpus conforme a los presupuestos previstos en el art. 18 CPE.