Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0120/2003-R
Fecha: 29-Ene-2003
II..3.
II..3. El trámite referido fue remitido al Concejo Municipal el año 2000 y en virtud del informe técnico, que indica que el inmueble estuviera en terrenos de la ex Finsa, el Informe Jurídico de 4 de mayo de 2000 enviado al Presidente del Concejo Municipal sugiere la paralización del trámite de aprobación de planos del recurrente, hasta que se defina jurídicamente el derecho. Asimismo, mediante informe complementario de 27 de septiembre de 2001, el Director de Urbanismo solicita al Concejo de una solución al trámite de aprobación de plano que se encuentra más de dos años en esas oficinas (fs. 50-58 y 70).
- David Fernández Rivas en representación de Angel Villacorta Vargas
- I.1. 1. Hechos que motivan el recurso
- recomienda no dar curso porque el terreno estaría dentro de la propiedad de la ex Finsa
- I.1.3. Autoridad o persona recurrida y petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II..3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- APROBAR