SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0120/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0120/2003-R

Fecha: 29-Ene-2003

III.1.

III.1. En la especie, el trámite de aprobación de plano y autorización para construcción de muralla no fue resuelto hasta la fecha por la administración municipal, la cual, remitió los antecedentes al Concejo Municipal el año 2000, cuando la solución de dicha problemática no corresponde a esa instancia que es eminentemente fiscalizadora y legislativa (normativa), sino al ejecutivo municipal, el cual debió dictar la Resolución Administrativa correspondiente, en forma oportuna, ya sea aceptando o rechazando la petición con la debida fundamentación legal, a objeto de que el administrado peticionante pueda hacer uso de los recursos que le franquea la ley. De igual manera se evidencia que la solicitud de certificación y fotocopias legalizadas no fue absuelta por el Concejo a pesar de los reiterados reclamos del recurrente, además de haberse hecho cargo del trámite de aprobación sin ninguna jurisdicción ni competencia, paralizándolo indebidamente durante casi dos años.