SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0129/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0129/2003-R

Fecha: 31-Ene-2003

IMPROCEDENTE

Concluida la audiencia la Sala Social Administrativa Primera de la Corte Superior de La Paz, en ausencia del representante del Ministerio Público, pronunció la Resolución 040/2002, de 5 de diciembre, que corre a fojas 1059 a 1060, que declara IMPROCEDENTE el Recurso, con estos fundamentos: a) la Resolución 34/2001 pronunciada por la Sala Plena de la Corte, impugnada en el recurso directo de nulidad, no tiene relación alguna con las resoluciones 35/2001 y 36/2001 dictadas en el proceso penal, de donde se establece que dicha instancia era plenamente competente para dictarlas, b) la Resolución 36/2001 (que dispone la detención del recurrente), se halla enmarcada dentro del art. 236 CPP, c) la actuación del Juez Segundo de Partido en lo Penal (comisionado en el caso de corte), es independiente al Recurso Directo de Nulidad, por lo que la suspensión de la competencia no le alcanza y d) el Juez Cuarto de Instrucción en lo Penal, al disponer la detención del recurrente, a través de Resolución 63/2002, ha cumplido con todos los requisitos que establece el art. 236 CPP.