SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1449/2003 - R
Fecha: 02-Oct-2003
improcedente
Concluida la audiencia, la Sala Civil Primera de la Corte Superior, declaró improcedente el recurso, con costas y multa de Bs200.-, disponiendo la medida cautelar de suspensión de la ejecución del mandamiento de desapoderamiento, con los fundamentos siguientes: a) que en el juicio ordinario de desocupación y entrega de inmueble, en ejecución de sentencia el juez recurrido ha librado el mandamiento de desapoderamiento en cumplimiento a los arts. 514 y 517 CPC; b) que la medida precautoria de prohibición de no innovar, ha sido ordenada en otro proceso que se encuentra en trámite y que por ello no puede suspender la sentencia ejecutoriada dictada en el primer proceso; y c) no se ha vulnerado ningún derecho constitucional de la recurrente.