SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1473/2003 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1473/2003 - R

Fecha: 07-Oct-2003

improcedente

Concluida la audiencia, la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, declaró improcedente el recurso, sin lugar a costas, daños y perjuicios, con los fundamentos siguientes: a) que a efectos de determinar si el domicilio era falso o verdadero, en el proceso coactivo las partes han presentado sus pruebas, que no pueden ser substanciadas por este tribunal por analizarse en un amparo sólo aspectos de puro derecho; b) que sin embargo, en obrados se constata una presunción, en sentido de que el domicilio donde se la citó estaba en la ciudad de Santa Cruz, lugar en el que otorgó el poder para hipotecar su inmueble, aspecto que se confirma por la tarjeta prontuaria de la policía (renovada en 1989) en la que se señala como su domicilio el de Calle Pedro Vélez 36 de Santa Cruz y; c) que además, debe tomarse en cuenta lo previsto en las SSCC 1628/2002 y 1209/2002, según las cuales el domicilio indicado en el contrato bancario sigue vigente, mientras ese cambio no sea comunicado al banco acreedor.