SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1495/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1495/2003- R

Fecha: 22-Oct-2003

III.4

III.4      Que, el hábeas corpus ha sido instituido como un recurso extraordinario que tiene como objeto restituir o restablecer, de forma inmediata y oportuna, la libertad de locomoción en los casos de que ésta haya sido ilegal o arbitrariamente amenazada, restringida o suprimida, por lo que podrán interponerlo quienes se consideren indebidamente perseguidos, detenidos, procesados o presos, demandando se guarden las formalidades legales.

En consecuencia, del análisis de los antecedentes del proceso y la problemática planteada, la libertad de locomoción del recurrente no ha sido restringida a raíz de las presuntas irregularidades procesales alegadas en la demanda de hábeas corpus, debiendo el actor presentar sus reclamos a través de otros medios legales que tiene a su alcance.