Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1524/2003-R
Fecha: 27-Oct-2003
II.2
II.2 En su rebeldía (fs. 66 vta.), se pronunció sentencia el 27 de agosto de 2002, por la que se condenó al recurrente a la pena de tres años de reclusión y ochenta días multa a razón de Bs50.-, por la autoría en el delito de giro de cheque en descubierto (fs. 129-131); resolución que fue notificada al defensor de oficio (fs. 133) y al recurrente mediante edicto (136).
- hábeas corpus
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- Teresa Rosquellas Fernández
- I.2.2 Informe de las autoridades recurridas.
- procedente
- 1.3 Trámite procesal en el Tribunal
- II.1
- II.2
- II.4
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1 Respecto a las supuestas irregularidades del plenario.
- III.2 Con relación a la notificación con el Auto de Vista.
- III.3.
- APROBAR