Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1535/2003-R
Fecha: 30-Oct-2003
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
En este recurso el actor arguye que el Juez demandado ha dispuesto su detención preventiva en una audiencia de medidas cautelares realizada sin previa notificación a tal fin, sin la presencia ni pedido fundamentado del Ministerio Público ni el querellante, y en franca violación de lo dispuesto por los arts. 233, 234, 235 y 236 CPP, vulnerando así su derecho a la libre locomoción y la garantía del debido proceso. Corresponde analizar, en revisión, si en el caso presente se debe otorgar la tutela que brinda el art. 18 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- procedente
- II.2
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- la privación de libertad como una medida cautelar excepcional, sólo es admisible a solicitud de parte nunca de oficio,
- III.2
- APRUEBA