SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1535/2003-R
Fecha: 30-Oct-2003
procedente
La Resolución 14/2003, cursante de fs. 143 a 145, pronunciada el 22 de septiembre por el Juez Segundo de Sentencia de La Paz, declara procedente el recurso y dispone que el recurrido emita mandamiento de libertad en el día, con costas, bajo estos fundamentos: 1) la autoridad recurrida ha dispuesto la detención preventiva del recurrente sin observar las disposiciones transitorias del Código de procedimiento penal que señala que se dará aplicación preferente de la Ley 1970, a más que las modificaciones alegadas por el Juez no alteran el art. 233 CPP; 2) no ha existido solicitud fundamentada para la detención preventiva del actor, ni se ha acreditado la existencia de los elementos necesarios para disponerla, en violación de sus derechos, conforme ha establecido la jurisprudencia constitucional en sus SSCC 394/2002-R, 724/2002-R, que han declarado que no puede darse una pena anticipada ni existir una detención de oficio.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- procedente
- II.2
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- la privación de libertad como una medida cautelar excepcional, sólo es admisible a solicitud de parte nunca de oficio,
- III.2
- APRUEBA