SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1541/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1541/2003-R

Fecha: 30-Oct-2003

procedente

La  Sentencia 147/03, cursante a fojas 306, pronunciada el 21 de agosto de 2003 por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, declara procedente el recurso, deja sin efecto el Auto de Vista impugnado y dispone se emita uno nuevo, con calificación de daños y perjuicios en ejecución de sentencia, bajo estos fundamentos: 1) es evidente que existe “un atentado a la Constitución y  las Leyes” en la Resolución adoptada por el juez recurrido, “porque de acuerdo con el art. 592 del Código de Procedimiento Civil, los 'interdictos' son de competencia de los Jueces Instructores  en materia civil, siempre que se  intente dentro del año de producidos los hechos en que se funda, extremos que no fueron debidamente demostrados”, como tampoco se demostró la posesión que habría tenido la demandante el día en que  habría sufrido la eyección; 2)  “los interdictos, por su naturaleza, sólo tienden a proteger la posesión, sin tener  en cuenta el  Derecho de Propiedad”; 3) existe un proceso de usucapión en el Juzgado Tercero de Partido en lo Civil  seguido por los recurrentes contra Mabel Mónica Camargo Poma, que no fue considerado en segunda instancia; 4) el Juez ahora demandado ha violado la seguridad jurídica, el principio de legalidad , y el art. 7-i) de la Constitución Política del Estado (CPE).