SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1550/2003-R
Fecha: 30-Oct-2003
III.1
III.1 Que, al efecto se hace necesario referirse a la naturaleza jurídica del amparo constitucional y sus alcances. En ese orden cabe señalar que este recurso es una acción tutelar de los derechos fundamentales y garantías constitucionales de las personas que se activa en aquellos casos en los que sean restringidos, suprimidos o amenazados de restricción o supresión por actos u omisiones ilegales o indebidos de autoridades o funcionarios públicos o particulares; conforme a las normas previstas por los arts. 19 de la Constitución y 94 de la Ley 1836, reiterada por la jurisprudencia constitucional, el amparo se configura sobre la base de los principios de la subsidiariedad y la inmediatez.