SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1564/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1564/2003-R

Fecha: 04-Nov-2003

II.7

II.7     Que el 12 de julio de 2003, el fiscal recurrido ordena que se cite por última vez al imputado, advirtiendo que en caso contrario se librará mandamiento de aprehensión (fs. 11), y el 29 de julio de 2003, el recurrente solicita al Fiscal recurrido que se libre mandamiento de aprehensión por estar el imputado escondiéndose maliciosamente (fs. 7 y 12), ordenándose se cite en forma personal al imputado en su domicilio real, para luego proceder conforme a derecho (fs. 12 vta.).