SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1570/2003-R
Fecha: 04-Nov-2003
Fragmento 5
Ante la ausencia justificada de los Vocales co- recurridos, se da lectura al informe de fs. 41 a 43 que señala: 1) el recurrente no menciona en su demanda que fue él quien solicitó dentro del juicio oral se promueva el procedimiento abreviado , reconociendo de esta manera su culpabilidad, pedido que motiva el retiro de la acusación por parte del Ministerio Público, pero no como una conciliación para la extinción de la acción penal, empero dicha petición fue rechazada por el tribunal de Sentencia y confirmada en apelación, motivo por el que la Fiscal solicitó la reposición de la acusación que es aceptada por los Jueces Técnicos del Tribunal Quinto de Sentencia; 2) al determinarse la reposición se está continuando con el juicio oral, en consideración a que por el rechazo del procedimiento abreviado no puede quedar impune la actuación del recurrente, quien debe ser juzgado por la comisión del delito que se le acusa; 3) la no reposición de la acusación importaría otorgar impunidad a las personas que probablemente hayan cometido delitos y que por un rechazo al procedimiento abreviado se favorezcan con una situación que viola los valores de la justicia e igualdad.