SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1599/2003-R
Fecha: 10-Nov-2003
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
En el presente amparo los recurrentes alegan que los recurridos han conculcado los derechos de la entidad que representan, a la defensa, a un recurso efectivo, el principio de jerarquía normativa y la garantía del debido proceso, por cuanto la árbitra ha emitido un Laudo Arbitral condenándole al pago de una suma de dinero a favor del Banco Mercantil S.A., endosatario de la Póliza de Seguro de Automotores, sin tomar en cuenta sus reiterados ofrecimientos de sustitución del motorizado y sin pronunciarse sobre su reconvención; y, el Juez Tercero de Partido en lo Civil, ha desconocido el art. 62 LAC, al confirmar el Laudo arguyendo que en el recurso de anulación no se han cumplido con los requisitos que el Código de procedimiento civil exige para la presentación de un recurso de casación, normas que no le son aplicables, a más de haber dejado de lado el principio de flexibilidad que proclama la Ley de Arbitraje y Conciliación. En ese sentido, corresponde, en revisión, analizar si en la especie se debe otorgar la tutela pretendida.