Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1614/2003-R
Fecha: 10-Nov-2003
II.3
II.3 Devuelto el expediente, durante la audiencia de declaración confesoria de 17 de septiembre de 2003, y una vez que el recurrente se abstuvo de declarar, el juez recurrido le advirtió que tenía tres días para apelar del Auto de procesamiento y ante la solicitud de reposición de la parte civil, dejó sin efecto la advertencia. El recurrente a su vez formuló reposición a esa decisión, y sin dar lugar a ella, la autoridad judicial concedió el recurso de apelación ante la Corte Superior al haber sido formulado de manera alternativa (fs. 12-17).