Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1614/2003-R
Fecha: 10-Nov-2003
los hechos denunciados no inciden directamente en la libertad del recurrente
En consecuencia, aplicando la línea jurisprudencial precedente, no es viable el otorgar la tutela prevista por el art. 18 CPE conforme se demanda, habida cuenta que los hechos denunciados no inciden directamente en la libertad del recurrente, motivo por el cual no corresponde su análisis a través del presente recurso.