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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1614/2003-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1614/2003-R

    Fecha: 10-Nov-2003

    los hechos denunciados no inciden directamente en la libertad del recurrente

    En consecuencia, aplicando la línea jurisprudencial precedente, no es viable el otorgar la tutela prevista por el art. 18 CPE conforme se demanda, habida cuenta que los hechos denunciados no inciden directamente en la libertad del recurrente, motivo por el cual no corresponde su análisis a través del presente recurso.

    • hábeas corpus
    • I.1.1 Hechos que motivan el recurso
    • I.2.1 Ratificación y ampliación del Recurso
    • I.2.2 Informe de la autoridad recurrida
    • b)
    • II.2
    • II.3
    • II.4
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1
    • III.2
    • los hechos denunciados no inciden directamente en la libertad del recurrente
    • III.3
    • APROBAR

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