Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1616/2003-R
Fecha: 10-Nov-2003
II.1
II.1 El 3 de septiembre de 2003, César Huarachi, formuló querella contra el actor, por la presunta comisión del delito de lesiones graves (fs. 16), siendo admitida por la fiscal recurrida por resolución de 3 de septiembre de 2003 (fs. 17), en cuyo mérito en la fecha se libró orden de citación contra el recurrente, la que no fue diligenciada al no haber sido habido (fs. 28).
- hábeas corpus
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.2.2 Informe de la autoridad recurrida
- b)
- II.1
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- en el entendido de que es la autoridad judicial la que de manera privativa pueda disponer su aplicación.
- el representante del Ministerio Público en ningún caso podrá disponer la libertad de una persona aprehendida (art. 228 CPP)
- III.3
- APROBAR