Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1631/2003-R
Fecha: 17-Nov-2003
III.7
III.7 De esa manera la autoridad recurrida ha vulnerando el debido proceso (que empieza con la notificación al imputado con la imputación formal, SC 1036/2002-R citada precedentemente), el derecho al trabajo y ha coartado el derecho a la defensa del imputado, previstos en los arts. 7.d), y 16.II y IV CPE, por lo que se abre la competencia del amparo constitucional para brindar protección inmediata al mismo.