Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1678/2003-R
Fecha: 24-Nov-2003
III.1.
III.1. La Jurisprudencia constitucional sentada por el Tribunal Constitucional señala que el recurso de amparo constitucional debe ser presentado dentro del término máximo de seis meses, como se ha indicado en la SC 1442/2002-R, criterio reiterado en las SSCC 1157/2003-R, 1013/2003-R, 1007/2003-R, 1337/2003-R, 1346/2003-R, entre otras.