Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1697/2003-R
Fecha: 24-Nov-2003
II.1
II.1 Por el certificado expedido el 24 de mayo de 1990 por el Ministerio de Educación, consta que el recurrente participó en el concurso de méritos y examen de capacidad prescrito por el art. 228 del Código de la Educación Boliviana, haciéndose acreedor de una Dirección titular en el ciclo intermedio urbano (fs. 1).